Estimadas compañeras y compañeros,
enviamos un pequeño resumen de lo que supone para los trabajadores de la Administración pública este nuevo recorte del Gobierno estatal.
Recordamos que hay muchos motivos para estar en la calle y manifestarnos por lo que nos vemos el jueves a las 19:30 en la Plaza Weyler en Tenerife y en Las Palmas de Gran Canaria en la Plaza del Obelisco a la misma hora.
RECORTES AL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
1º.- Desaparece la paga extraordinaria de navidad de este año. En principio, esto anula según el Gobierno de Canarias, el descuento del 5% que se preveía de nuestras retribuciones a partir del mes de julio.
2º.- Desaparecen todos los días adicionales por asuntos particulares que además se recortan de seis a tres y también los días adicionales por vacaciones. Esta medida no se aplica el presente año.
3º - Se modifican las retribuciones que se perciben cuando se falta al servicio por enfermedad común.
Así desde el primer al tercer día de incapacidad temporal (inasistencia) se percibirá únicamente el 50% del total de las retribuciones, tanto básicas como complementarias.
Desde el día cuarto al vigésimo día de baja se percibirá sólo el 75% del total de las retribuciones.
Desde el día 21 hasta el tercer mes de baja se percibirá ya el 100% de las retribuciones.
(aunque la duración de la baja sea de más de 20 días hasta el día 20 se cobran las retribuciones reducidas antes comentadas)
A partir del tercer mes se aplica el régimen vigente hasta ahora.
Esta medida, aunque no lo dice con claridad el Real Decreto Ley, entrará en vigor cuando se apruebe el desarrollo de dicha normativa para el que se le ha dado un plazo a la Administración de tres meses. En cualquier caso entrará en vigor dentro de dicho plazo de los tres meses.
4º Cuando la situación de incapacidad temporal derive de contingencias profesionales, la prestación reconocida por la Seguridad Social podrá ser complementada, desde el primer día, hasta alcanzar como máximo el cien por cien de las retribuciones que vinieran correspondiendo a dicho personal en el mes anterior al de causarse la incapacidad.
5º No se procederá a la incorporación de nuevo personal, salvo la que pueda derivarse de la ejecución de procesos selectivos correspondientes a Ofertas de Empleo Público de ejercicios anteriores, limitación que también alcanza a las plazas incursas en los procesos de consolidación de empleo previstos en la disposición transitoria cuarta del Estatuto Básico del Empleado Público, si bien la congelación de la oferta de empleo público no será de aplicación determinados sectores y administraciones en los que la tasa de reposición se fija en el 10 por ciento
4º También se posibilita, en este caso con carácter excepcional, la suspensión o modificación de los convenios colectivos y acuerdos que afecten al personal laboral, sólo cuando concurra causa grave de interés público derivada de una alteración sustancial de las circunstancias económicas.
5º Esto es un resumen de lo que nos afecta como trabajadores directos de la Administración Pública, y debemos tener en cuenta que ante las bajadas de nuestros salarios, por lo tanto de nuestro poder adquisitivo: sube la luz; sube el IVA en algunos casos de manera astronómica como por ejemplo la peluquería, el cine, o los funerales que suben 13 puntos; la prestación para los parados baja del 60% al 50%; racionalización del sistema de dependencia…
MOTIVOS PARA PROTESTAR, MOTIVOS PARA SALIR A LA CALLE
Saludos
Federación servicios a la ciudadania FSC Canarias
Sector Comunidad autónoma
--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Esta lista de distribución esta integrada en el Servicio de listas de distribución del Gobierno de Canarias. Si desea darse de baja de la lista envíe un correo vacío a la siguiente dirección: CCOO-SIGNOFF-REQUEST@pueblo.gobiernodecanarias.org o bien, pulse aquí.
--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
No hay comentarios:
Publicar un comentario